Reflexiones
El Bien Jurídico Protegido en el Delito de Lavado de Dinero
Estado Fallido y Estado enemigo. Notas sobre la persecución institucional a los ciudadanos
Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina
Breve comentario sobre las sociedades de garantías recíprocas (Las SGR)
Seminario Internacional “Profesión Legal & Pro Bono”. Apuntes de dos Coordinadoras
Declaraciones Públicas
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

  Página 9/28     
  El Bien Jurídico Protegido en el Delito de Lavado de Dinero
Autor: Roberto Durrieu (h.)
  que pueda formalizarse una acusación por el delito de blanqueo de capitales?
Entendiendo que el delito de lavado de activos debe ser visto, tipificado e investigado como una norma penal independiente a cualquier otro, la respuesta lógica a este último interrogante es que la condena o investigación del delito previo no es condicionante de la investigación del lavado de activos.

La discusión se organiza del siguiente modo: en primer término, nos referiremos al proceso de penalización y al principio de última ratio del derecho penal (punto 2). Luego, analizaremos, en forma crítica, las distintas posiciones referidas a cual es el bien jurídico protegido por la norma penal en cuestión (punto 3). Con posterioridad y a fin de lograr un mayor entendimiento de la cuestión, haremos una breve referencia a la legislación comparada (punto 4). Finalmente, concluiremos que el delito de lavado de dinero debe ser visto y tipificado como un delito independiente del resto de los delitos, ya que se trata de un crimen pluriofensivo, que protege bienes jurídicos independientes y que van más allá de los valores jurídicos resguardados por cualquier otro delito penal.

2. El proceso de “criminalización” y el principio de ultima ratio del derecho penal.

Expondremos, a continuación, en que consiste el proceso de penalización, como así también en que consiste el principio de ultima ratio del derecho penal. Esta primera exposición resulta fundamental a los efectos de dar respuesta a los interrogantes planteados en este trabajo.

La criminalización de una conducta se trata de la respuesta del Estado a los efectos negativos que contiene una conducta humana sobre el individuo y la sociedad en su conjunto. La penalización de una conducta ocurre, entonces, cuando el Estado reprime a un tipo de conducta con una pena de contenido punitivo. En consecuencia, cuando dicha
Página 9/28