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Declaraciones Públicas |
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CONNOTACIONES DEL CASO MARTÍNEZ DE HOZ
07/05/2010
La detención de José Alfredo Martínez de Hoz dispuesta por el juez federal Norberto Oyarbide, sin duda, adquiere características paradigmáticas que, jurídica e institucionalmente, no pueden soslayarse.
En primer término, respecto del propio detenido.
A partir de 1986 Martínez de Hoz comenzó a ser investigado y juzgado por la detención de los empresarios Federico y Miguel Gutheim. En 1988 el juez Irurzun dictó su prisión preventiva que motivó su detención por casi tres meses. En julio de ese año, la Cámara Federal revocó esa medida por considerar que aquel era ajeno a los hechos investigados. Cuando estaba pendiente su sobreseimiento definitivo, sobrevinieron los indultos del presidente Carlos Menem a favor de todos los imputados en la causa, sin que ello alterara la conclusión de la Cámara Federal.
En efecto, el análisis de los antecedentes judiciales del caso permite constatar y concluir que a Martínez de Hoz se lo juzga dos veces por los mismos hechos, sin que haya variado en lo absoluto la plataforma fáctica de la causa; es decir, sin que se hubieran incorporados nuevos elementos de prueba. Ello contraría los elementales principios de inocencia y de prohibición de la doble persecución penal.
Así pues los hechos que ya fueron juzgados una vez, vuelven a investigarse y reinterpretarse, dando lugar a su posterior y equivocada calificación como de lesa humanidad.
Además en la valoración jurídica del tema, tampoco puede dejar de advertirse la resolución de la prisión preventiva dictada por el juez Oyarbide. La misma sostiene que, la gravedad de las imputaciones a Martínez de Hoz, le hacen suponer que éste no tendrá reparo en obstruir la acción de la Justicia. |