REFLEXIONES
DEL ABUSO DE LOS DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA Y DE SU FALTA DE CONTROL EFECTIVO
EL DOBLE ESTÁNDAR DE LA CORTE EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
LA OBSOLESCENCIA DE LA LEGISLACIÓN ARGENTINA SOBRE ARBITRAJE ES CADA VEZ MÁS EVIDENTE
LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS PRERROGATIVAS DE LOS AGENTES FISCALES PARA TRABAR MEDIDAS PRECAUTORIAS UNILATERALMENTE. A PROPÓSITO DEL FALLO DE CSNJ DICTADO EN AFIP C/INTERCORP S.R.L. S/EJECUCIÓN FISCAL
AVANCES HACIA UNA JUSTICIA MODERNA Y EFICAZ
EL ADIÓS DE UN GRANDE
Declaraciones Públicas
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LA OBSOLESCENCIA DE LA LEGISLACIÓN ARGENTINA SOBRE ARBITRAJE ES CADA VEZ MÁS EVIDENTE
Autor: Roque Caivano
  de remover las normas sobre arbitraje de los Códigos Procesales, es previsible que el objetivo de máxima, que sería tener una legislación cuyo contenido sea comparable a la de nuestros vecinos, tomará todavía muchos años más.

Si es cierto, como parece serlo, que no es posible pasar de una legislación de concepción decimonónica a una de moderna factura en un solo paso, la conclusión es tan simple como aterradora: ¿cuántos años más tendrán que pasar para que podamos contar, en nuestro país, una legislación que pueda ser exhibida con orgullo? 31

Todo parece indicar que habremos de resignarnos a “correr desde atrás”, viendo cómo los países de la región perfeccionan sus ya modernas leyes. Lo que nos hace lamentar que, en este tema, hayamos perdido un tren cuya velocidad de marcha lo hace cada vez más inalcanzable.

V. La solución, al alcance de la mano

Como se ha visto, para tener una buena ley de arbitraje ni siquiera es necesario trabajar. No es preciso, ni tampoco conveniente, volver a escribir lo que ya está escrito, y cuyo contenido es aceptado y adoptado por el mundo entero.

La Ley Modelo de UNCITRAL ha pasado por el tamiz crítico de decenas de miles de legisladores de todas las culturas jurídicas, que han considerado finalmente que lo mejor que podían hacer es seguir los lineamientos, cuando no la letra exacta, de ese modelo de ley.32 Ha sufrido también el agudo escrutinio de centenares de miles de juristas, árbitros y abogados practicantes de las latitudes menos imaginadas, quienes –en general– la han juzgado como un formidable instrumento de regulación legal. Sus normas han sido objeto de aplicación por millones de jueces, sin que se conozcan casos relevantes en que hayan sido consideradas incompatibles con sus regímenes constitucionales o sus sistemas jurídicos. ¿Es razonable pensar que todos ellos están equivocados? ¿Es sensato suponer que los argentinos seremos capaces de advertir deficiencias que han pasado
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