REFLEXIONES
APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
SONDEO DE OPINIÓN: LAS MALAS COSTUMBRES ARGENTINAS
LA RECIENTE DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA EN LOS FALLOS CARTELLONE Y BEAR SERVICES Y LOS LAUDOS DEL CIADI
EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
EL ACCESO A LA JUSTICIA: DE LOS DEBATES A LA ACCIÓN
RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN
DIEZ EJEMPLOS DE DESACIERTOS E ILEGALIDADES EN LA RESOLUCIÓN (IGJ) 7/2005
CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
LA CLARIDAD EN LOS ESCRITOS JURÍDICOS
EL COLEGIO DEMANDA A CASSABA POR REGLAMENTACIÓN
DECLARACIONES PUBLICAS
Resolución del Directorio
Reiteradas presiones políticas sobre el Poder Judicial
Publicidad del patrimonio de los magistrados
Expresiones Autoritarias inaceptables
Senado: Proyecto de ley de concubinato
Acerca de la corrupción en nuestro país
Gastos excesivos en CASSABA
Mas poder al Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura
 


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Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
Autor: Roberto Durrieu
  Destrucción del tejido social

Es por ello que el derecho penal, al proteger valores esenciales de una comunidad gravita políticamente en la organización de la sociedad. Es así, también, que para destruir un sistema establecido no hay, en un contexto legal, medio más idóneo para desbaratar la sociedad, que inclinar la balanza del equilibrio punitivo en beneficio de quienes agravian los bienes que permiten la convivencia.

También se explica así, creo con claridad, la razón por la cual los movimientos ideológicos revolucionarios en sentido jurídico-político, han dirigido siempre su acción, clara o encubierta, hacia la sustitución o desaparición de la pena y de la existencia misma del delito previsto legalmente.

El abolicionismo

Nacieron en círculos universitarios europeos durante la década del sesenta, corrientes que a la luz de una ideología no siempre declarada pero evidentemente marxista, comenzaron a poner en tela de juicio la existencia misma del derecho penal. Antes de la desaparición del comunismo como política del Estado, en la universidad de Moscú se comenzó a elaborar la tesis que menciono. También otros movimientos ideológico-culturales como los existentes en los fines de la Francia de De Gaulle, sostuvieron con franqueza la necesidad de la desaparición del delito y de la pena, descalificando el derecho a penar de los Estados, lo cual denominaron de expresión totalitaria.

Esta postura, extendida originalmente y con menos agresividad en países escandinavos, tomó el nombre de criminología crítica, aún cuando me parece más acertado, incluso, dentro de su propio esquema, designarla como sociología crítica.

El derecho penal, la ley, los valores protegidos, debían, desde tal perspectiva ser sustituidos por el análisis de las causas
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