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APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
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LA RECIENTE DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA EN LOS FALLOS CARTELLONE Y BEAR SERVICES Y LOS LAUDOS DEL CIADI
EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
EL ACCESO A LA JUSTICIA: DE LOS DEBATES A LA ACCIÓN
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DIEZ EJEMPLOS DE DESACIERTOS E ILEGALIDADES EN LA RESOLUCIÓN (IGJ) 7/2005
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LA CLARIDAD EN LOS ESCRITOS JURÍDICOS
EL COLEGIO DEMANDA A CASSABA POR REGLAMENTACIÓN
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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
Autor: Roberto Durrieu
  La libertad es por sí sola un bien básicamente inalienable, lo cual está especialmente remarcado en el juego de las normas punitivas. En efecto, el derecho penal al tutelar valores fundamentales señala, y debe hacerlo con meridiana claridad, qué es lo definitiva y totalmente prohibido. Este será el límite constitucional, natural del derecho penal. Solo se justifica la existencia de la pena en tanto ella sea consecuencia de un agravio a los valores tutelados, pues componen el piso de ética establecido por la comunidad, teniendo siempre en cuenta primordialmente la naturaleza del hombre. De esta manera, cuando se castiga la infracción a la esencia del sistema, se asegura la libertad del hombre a expresarse dentro del amplio plexo de acciones no punibles. Se ve así que el derecho penal resulta ineludible e insustituible en una sociedad de principios, pues la amenaza de la sanción (prevención general), la aplicación de ésta cuando se ha infringido el mandato legal (prevención específica) y el efectivo cumplimiento del sistema punitivo como medida ejemplificadora, constituyen el único resorte para mantener una sociedad construida sobre postulados, que jamás estarán al margen de la libertad, expresada ésta como bien individual y común.

Consecuentemente, no habrá medio más idóneo para destruir una organización social llevándola al caos, que degradar, disminuir o, en definitiva, anular el derecho a penar. La obligación de penar en poder de los Estados nace como consecuencia necesaria de su cometido primario, esto es, mantener su existencia.

El derecho penal, por tanto, deberá ser equilibrado, ajustando la sanción a la gravedad del ataque al bien jurídico sustancial. Si es menor la pena que el mal, este último se presentará ante la sociedad en un campo abierto con menguados límites. Si al contrario, la represión es excesiva, se vulnerará también el sistema, destruyendo las calidades definitorias del ser humano.

Con lo expuesto hasta aquí he querido resaltar la importancia inigualable para la subsistencia del orden jurídico que reviste el derecho penal.
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