Reflexiones
El Consejo de la Magistratura emplazado a reformarse
La Ley de Medios Censurados
Ley de Reforma Política, Otro Proyecto a la Medida de las Necesidades del Poder de Turno
Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28
Más sobre la vergonzosa “Resolución 158/07”, de la Procuración General de la Nación
Responsabilidad jurídica por quiebra material, institucional y defensiva de una nación
Comisión Pro-Bono afianza su compromiso con la comunidad
Carta Abierta
Declaraciones Públicas
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28
Autor: Horacio M. Lynch
  una misma persona con lo que se cambió un grupo por otro, mejor, sin duda, pero de alguna forma parecido.

Los fallos en línea con los deseos del gobierno tendrían distinto valor si hubieran sido dictados por una Corte con una integración preexistente o de diversos orígenes, en vez de por una formada por una sola persona del mismo gobierno. Por este arbitrio tenemos una Corte de siete miembros (que en breve serán seis) de los que cuatro tuvieron la misma propuesta. Esto no es imputable a los nuevos Ministros, pero el reparo queda.

Como la Argentina ha pagado un alto costo institucional debe exigírseles más. Si el fin no justifica los medios, y menos en este campo, el recambio de la Corte por obra y gracia del matrimonio Kirchner, tiene una capitis diminutio, un hándicap en contra, que tiene que remontar. Su hipotética superior calidad no repara los errores en el proceso y en la forma como se hicieron las designaciones.

El trabajo que aquí sintetizo intenta analizar a la NCSN en todas las dimensiones de sus responsabilidades. Hoy esta Corte goza del respeto que la anterior integración carecía. Pero la confianza en la Justicia continúa midiendo mal en las encuestas, lo cual es un llamado de atención. Del mismo modo algo falla cuando la Argentina carece de seguridad jurídica o de “clima de negocios”. Y esta Corte no aparece todavía con estatura para garantizarla en lo que le corresponde. Padecemos de una inédita crisis de seguridad física, aspecto en el que la Corte no puede esquivar su responsabilidad. En momentos en que la corrupción en la Argentina ha recrudecido a niveles insoportables, se extraña la presencia de sistema judicial que actúe de freno, control y castigo.

En cuanto a su responsabilidad como cabeza del Poder Judicial también detecto fallas. En cuanto a esta magna responsabilidad, si bien se encaró con fuerza y criterio la reforma judicial, luego se ha ido diluyendo y no se ha concretado en nada positivo. No ha sido capaz de detener el deterioro que viene de hace décadas y comenzar la recuperación con lo que – por simple inercia - la situación hoy es peor que en 2003, cuando comienza el recambio. Se elogia un “activismo judicial” en la Corte, pero en verdad advierto un “inmovilismo judicial”.
Es significativo que ni siquiera se han completado indispensables reformas en la propia Corte.

Lo ocurrido con el Consejo de la Magistratura tampoco es ajeno a la NCSN, pues debió haber actuado enérgicamente. Cuando detentaba su Presidencia, para ejercerla efectivamente y poner orden, verificar su funcionamiento y proponer reformas. De haberlo hecho, la modificación de la entonces Senadora y hoy Presidente Cristina Fernández de Kirchner no se hubiera producido. Y cuando ésta propone la reforma, debió haber impedido que se concretaran sus aspectos negativos en vez de callarse o hasta manifestar aprobación (Lorenzetti).
En su labor institucional, en el trabajo se han destacado otros temas importantes que la Corte ha encarado, en algunos casos muy bien, y en otros, por necesidad ante la inacción del Congreso. Resalté en un estudio anterior, como algo histórico, el caso ATE que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Asociaciones profesionales, una deuda con la democracia.
Es delicado opinar sobre actuado en materia de DD.HH. Se han tomado decisiones transcendentes pero al costo de dejar de lado principios y garantías inmanentes. De todas formas (mi ensayo que estoy aquí resumiendo) no entra a analizar el fondo de la cuestión, pues excede en mucho sus límites. En cambio, se critica cómo actuó la Corte ante las consecuencias de sus decisiones. Al haber pagado un costo muy grande (llegar al resultado de procesar a la represión ilegal obligó a ignorar principios y garantías muy importantes), se estaba frente a decisiones trágicas que quizás debieron tomarse pero de
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