Reflexiones
El Consejo de la Magistratura emplazado a reformarse
La Ley de Medios Censurados
Ley de Reforma Política, Otro Proyecto a la Medida de las Necesidades del Poder de Turno
Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28
Más sobre la vergonzosa “Resolución 158/07”, de la Procuración General de la Nación
Responsabilidad jurídica por quiebra material, institucional y defensiva de una nación
Comisión Pro-Bono afianza su compromiso con la comunidad
Carta Abierta
Declaraciones Públicas
 


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Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28
Autor: Horacio M. Lynch
  débiles, pero en la práctica ha permitido que se incumplan las sentencias, contrastando con la acción de la justicia cuando debía actuar en las causas del “corralito”. No ha mostrado firmeza y se escuda con que “el PE no cumple con las decisiones y no hay nada que se pueda hacer”.

4. LA NCSN Y LA JUSTICIA

En esta área han habido desconcertantes claroscuros.
Por un lado, quizás por primera vez en la historia del Alto Tribunal esta NCSN ha advertido cabalmente la responsabilidad que le compete (aún cuando, en muchas oportunidades, alguno de sus integrantes intentan desentenderse de la misma, por ejemplo, en el tema de la inseguridad). Como muy valioso, ha puesto en marcha las Conferencias Judiciales. Ha propuesto sus Políticas de Estado en la Justicia (muy acertadas), luego anuncia un Plan de Gestión (intrascendente) y de Informatización (muy trascendente pero inadecuado).
Pero en la práctica pareciera quedarse en las declamaciones pero no avanza para atacar los reales problemas. No podría decirse que se ha quedado cruzada de brazos, pero como el deterioro avanza más rápido, sin actitudes enérgicas la situación se agrava.

4.1 Preocupación por la justicia del país – Responsabilidades por omisión

La magna responsabilidad de la Corte como cabeza del sistema judicial no recibió la atención y las decisiones que merecían.
El país vive una realidad de gran inseguridad física, y en esto aún cuando la responsabilidad pueda ser compartida con otros poderes y reparticiones, una buena parte le corresponde al Poder Judicial y a su cabeza que es la Corte. No es posible pensar que que el Alto tribunal no tiene responsabilidad alguna sobre el sistema penal, y, tampoco, que en su mal o equivocado funcionamiento no hay relación alguna de causa-efecto con el auge de la criminalidad.
En cuanto al universo de la justicia del país, más allá de lo penal, tuvieron avisos y los desoyeron y finalmente colapsó la Justicia. Promediando 2009 ocurrió un hecho inédito en nuestra historia judicial como fue un „paro‟ de los jueces convocado por la Federación Argentina de la Magistratura – FAM – para exponer la crisis. Más que contra el PE, lo interpreto como un mensaje para la Corte Suprema. Luego de la derrota gubernamental en las elecciones de junio de 2009, pretenden achacar el problema al Consejo de la Magistratura, al Congreso, al PE. Pero, en verdad, la responsabilidad primigenia de este tema le corresponde a la cabeza del Poder Judicial, que sigue siendo la Corte. Pese a haber advertido el problema, y haberlo asumido – lo que ha sido muy positivo –dejó pasar el tiempo. Más que de acción hay responsabilidades de omisión.

4.2 NCSN y los recursos humanos de la justicia

La NCSN siempre fue muy contundente en sus declaraciones en defensa de la independencia de los magistrados. Pero no fue igual en lo que hizo (o dejó de hacer) para asegurarla. En mi concepto ha descuidado, ha actuado temerariamente en relación con los recursos humanos de la Justicia, el corazón de todo sistema judicial. No se ha ocupado de un problema tan delicado como grave, y ha descansado en el Consejo de la Magistratura, sin supervisar lo que hacía, con lo que permitió el nepotismo, antes y
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