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Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28 Autor: Horacio M. Lynch |
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penales y procesales, desprestigiadas desde varios sectores en los últimos años. Entre otras cosas, ha tomado intervención en la grave situación de las personas privadas de libertad [en los casos "Lavado" o "Gramajo"], ha promovido la efectividad del derecho de defensa [en "Schenone" o "Noriega", entre otros], así como el control de las detenciones policiales. En términos generales, esta Corte parece optar por un uso limitado y racional del derecho penal (…)”.44
3.3 Otras decisiones trascendentes - El fallo ATE
La NCSN dictó fallos muy importantes en otras cuestiones, quizás no tan publicitados como las de DDHH pero que incidirán en nuestro futuro.
Ha tenido una actuación muy elogiable y prudente en las causas del corralito, consiguiendo poner fin a un problema muy grave.
Pero considero el más relevante fallo in re ATE que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Asociaciones Profesionales y el sindicato único, pues liquida el modelo fascista que nos legó Perón. Por la importancia que tiene la considero una decisión histórica para el país y he efectuado en un trabajo especial.45
En otro orden de importancia ha declarado la inconstitucionalidad del tope de indemnizaciones de la LCT, y la del régimen de las ART. En ambas cuestiones la NCSN ha actuado con prudencia, esperando infructuosamente que el Congreso corrigiera las leyes, sin perjuicio de otras consideraciones que luego efectúo.
También tiene decisiones importantes en materia de jubilaciones. Pero, en este último tema, permite que el PE. no cumpla con sus decisiones.
Se ha ocupado de temas cruciales como los detenidos en las comisarías de la Provincia de Buenos Aires, o el de la contaminación del Riachuelo (aunque queda la sensación de que en parte excede sus funciones, y avanza sobre las que corresponden al poder administrador).
Dictó un fallo (Halabi) que muchos señalan como un aliento a las acciones de clase.
También dictó fallos importantes en relación con la libertad de prensa (Río Negro y Patito).
3.3 Los fallos que no ha dictado y el timing
Es más difícil referirse a los fallos que no dictó y que pudo haber hecho, lo cual muchas veces comporta un aspecto negativo. También es criticable el manejo de los tiempos que significó postergar decisiones, hasta un momento en que la sentencia no tuviera una incidencia directa en las decisiones políticas que originaron el caso aún cuando el antecedente valga. Así ocurrió parcialmente en materia de pesificación y en el caso Bussi, en los que los fallos fueron dictados cuando quedaban desprovistos de consecuencias prácticas, que mantuvo en espera como el caso del ex Procurador Sosa de Santa Cruz,19 la inconstitucionalidad de la reforma al Consejo de la Magistratura y otros.
44 http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=978331.
45 V.LYNCH, Horacio M. en El fallo ATE y sus circunstancias, .
46 Luego de publicado mi trabajo, la NCSN dictó una nueva e impactante resolución ordenando la reposición en el cargo bajo apercibimiento de responsabilidad penal para el Gobernador |