REFLEXIONES
APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
SONDEO DE OPINIÓN: LAS MALAS COSTUMBRES ARGENTINAS
LA RECIENTE DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA EN LOS FALLOS CARTELLONE Y BEAR SERVICES Y LOS LAUDOS DEL CIADI
EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
EL ACCESO A LA JUSTICIA: DE LOS DEBATES A LA ACCIÓN
RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN
DIEZ EJEMPLOS DE DESACIERTOS E ILEGALIDADES EN LA RESOLUCIÓN (IGJ) 7/2005
CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
LA CLARIDAD EN LOS ESCRITOS JURÍDICOS
EL COLEGIO DEMANDA A CASSABA POR REGLAMENTACIÓN
DECLARACIONES PUBLICAS
Resolución del Directorio
Reiteradas presiones políticas sobre el Poder Judicial
Publicidad del patrimonio de los magistrados
Expresiones Autoritarias inaceptables
Senado: Proyecto de ley de concubinato
Acerca de la corrupción en nuestro país
Gastos excesivos en CASSABA
Mas poder al Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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LA RECIENTE DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA EN LOS FALLOS CARTELLONE Y BEAR SERVICES Y LOS LAUDOS DEL CIADI

Por Valeria Macchia y José A. Martínez de Hoz (h.)

  1. Introducción

Dos recientes fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la "CSJN" o la "Corte" parecen haber resuelto someter a ciertos laudos arbitrales a revisión por el Poder Judicial que excede del limitado marco de los recursos de nulidad y aclaratoria previstos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Estas interpretaciones han dado lugar a una serie de especulaciones y debates a la luz de las numerosas controversias sometidas por inversores extranjeros a arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones ("CIADI").2

No es nuestro propósito realizar en esta oportunidad un análisis de todas las diferentes cuestiones planteadas, sino solo esbozar algunas reflexiones respecto de algunos de los temas que han suscitado mayor interés y debate.

2. El CIADI es un organismo que tiene sede en Washington y es una de las instituciones que funcionan dentro de la órbita del Banco Mundial creado por la Convención de Washington (la “Convención” o la “Convención del CIADI”) con el objeto de proporcionar un foro para la solución de conflictos de inversión. La jurisdicción de los tribunales arbitrales que se constituyen bajo el amparo de la Convención, se extiende a las controversias de naturaleza jurídica que surjan directamente de una inversión. La República Argentina depositó el instrumento de ratificación de la Convención y se encuentra vigente para la Argentina desde el 18 de noviembre de 1994. La Convención ha sido ratificada por 155 países. Para mayor información referirse al sitio: http://www.worldbank.org/icsid/constate/c-states-en.htm
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