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El Consejo de la Magistratura emplazado a reformarse
La Ley de Medios Censurados
Ley de Reforma Política, Otro Proyecto a la Medida de las Necesidades del Poder de Turno
Juicio a la Nueva Corte Suprema (2003-2009)28
Más sobre la vergonzosa “Resolución 158/07”, de la Procuración General de la Nación
Responsabilidad jurídica por quiebra material, institucional y defensiva de una nación
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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  La Ley de Medios Censurados
Autor: Mariano F. Grondona
  2. Fobia extranjera

Debe ser verdad que los argentinos tenemos una autoestima sobrevaluada. A pesar de nuestra decadencia constante, la Ley de Medios comentada, insiste en la discriminación de la anterior norma en la materia e impide que los extranjeros controlen los medios de comunicación audiovisual.15

También consagra el idioma español y el de los pueblos originarios como los únicos permitidos en los medios audiovisuales16 y establece que los contenidos de la programación deben ser en un 70% de pura cepa argentina y de otros porcentajes similares la preferencia por la música, cine y noticias locales.17

Tales discriminaciones eliminan en buena medida el contenido y los idiomas extranjeros que los oyentes, televidentes quisieran escuchar. ¿En base a qué prueba científica los argentinos, que hablen español o alguna lengua indígena, son capaces a priori de poseer más verdades que las demás personas y lenguas de la tierra?

3. Lo pequeño es bello

La ley traspira en varias disposiciones el temor a los grupos de medios poderosos. Prefiere a las personas físicas que a las sociedades; los medios locales a los nacionales; las sociedades cerradas a las que coticen en Bolsa; los accionistas conocidos a los por conocer.

¿A qué se deberán esas preferencias? ¿No será que es más fácil influir en los contenidos de medios locales, pequeños, de dueños conocidos? ¿No será esta, veladamente, una formidable censura estructural?

Para empezar, como dijimos, hay límites a la nacionalidad de los titulares de medios y restricciones severas al cambio de dueños durante la vida de una licencia.18 Casi no se puede emitir deuda, ni se pueden embargar los activos de los medios.19 Tampoco se pueden emitir fácilmente acciones, ni se permite cotizar mas de un 15% de las acciones de la titular de licencias de comunicación audiovisual.20 Hay una preferencia por el “arraigo”21 de un medio, por la información local que pueda transmitir, “por los contenidos regionales”,22 sin importar lo que el público quiera verdaderamente escuchar y ver.

Para un gobierno que todo lo quiere controlar, sobre todo el contenido de la comunicación, los medios pequeños son bellos y los débiles son el paraíso.

4. Sin fin de lucro

15 Ver artículos 24 y 25. Los extranjeros solamente pueden tener el 30% del capital social.
16 Ver artículo 9.
17 Ver artículos 65 y 67.
18 Ver artículo 41.
19 Ver artículos 25 y 42.
20 Ver artículo 54.
21 Ver, por ejemplo, artículo 28 citado y también el artículo 36.
22 Ver Capítulo IV.
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