Reflexiones
EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO
CONTRACULTURA
LA SANCIÓN DE CADUCIDAD DE LAS CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS
EL ACTA DE MISIÓN EN EL NUEVO REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CCI, 2012
EL DERECHO DE PROPIEDAD, EL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y LOS INCENTIVOS PARA SU PROTECCION
Mediación prejudicial: evaluaciones pendientes
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Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  13/07/2012 - Declaración Pública

La cadena nacional como instrumento de censura

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sólo habilita al uso de la cadena nacional frente a una situación grave, excepcional o de trascendencia institucional. La cotidianeidad con que los argentinos asistimos a este recurso comunicativo de parte del Poder Ejecutivo, sin que se hubiese configurado ninguna de las situaciones que así lo habilitan, es entonces reprochable.

Pero más reprochable aún es utilizar esta modalidad de difusión para divulgar información fiscal o cualquier otro tipo de dato personal de un ciudadano, por el simple hecho de haber exteriorizado una opinión crítica respecto de la difícil situación por la que atraviesa la actividad inmobiliaria, como derivación de las inusitadas restricciones progresivamente impuestas en el mercado cambiario que impiden las transacciones en moneda extranjera.

El circunstancial afectado ha sido esta vez un operador inmobiliario. El día de mañana, el afectado podrá ser otro ciudadano que levante una voz crítica cuestionando la actuación de la administración. El hecho es ciertamente preocupante por el claro efecto disuasivo que conlleva la conducta observada por el Poder Ejecutivo.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires expresa que los hechos descriptos socavan el régimen republicano y democrático de gobierno, en cuyo marco debe imperar el respeto de la ley y del derecho de todo ciudadano a opinar libremente y sin censura acerca de los actos de gobierno.

El Directorio
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