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Ley de Reforma Política, Otro Proyecto a la Medida de las Necesidades del Poder de Turno Autor: Héctor Huici |
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En el año 2002 se sancionó una ley (la 25611) que estableció internas simultáneas y abiertas par la elección de candidatos a cargos electivos, rápidamente suspendida (ley 25684) cuando debía ser aplicada por primera vez. En el año 2006 fue derogada (ley 26191). Dos de las principales espadas parlamentarias del actual proyecto, los diputados Landau y Díaz Bancalari lo justificaban sosteniendo: “Reivindicamos sí, el derecho de auto regulación partidaria -la llamada zona de reserva o "status libertatis"- que implica las facultades de cada fuerza política de organizar su vida interna de la manera que más crea conveniente. Si lo hace bien, seguramente cautivará al electorado, si lo hace mal será lo contrario” y que “advertidos a través de la experiencia vivida consideramos que no es conveniente insistir en la aplicación de una norma que demostró más defectos que virtudes”. ¿Qué cambio en tres años para que giren una vez más 180 grados? Las apreciaciones sobre las necesidades políticas, no ya de un partido, sino de una facción que aspira a forzar una permanencia en el poder mediante la adecuación de ciertos instrumentos de la democracia a sus propias necesidades.
Luego de haber escrito estas líneas el Senado convirtió al proyecto en ley, siguiendo la costumbre de los últimos meses de correr contra reloj y no introducir cambios que extiendan el debate más allá del 10 de diciembre. Confiamos en que no sea la primera vez que el invento se vuelva contra el inventor y que tiempos más proclives a las instituciones republicanas –que sólo llegarán con un mayor compromiso ciudadano con la cosa pública- nos den una ley electoral y de partidos políticos que goce de un amplio consenso, sancionada al amparo del –parafraseando a Rawls- “velo de la ignorancia electoral”. |