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Sobre el comienzo de la existencia de la persona
Algunas advertencias sobre el Digesto Jurídico Argentino
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Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  18/04/2012 - Declaracion Pública

TRAS LA CAPTURA DE UNA NUEVA CAJA

El proyecto de ley que impulsan los diputados nacionales del Frente para la Victoria, Diana Conti y Carlos Kunkel, propone que todos los depósitos judiciales de los juzgados nacionales y federales con asiento en la Capital Federal se realicen en el Banco de la Nación Argentina y no en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, como hoy se efectúan a excepción de los de la justicia civil.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires señala con preocupación que el referido proyecto, a más de perseguir ostensiblemente encarnizar la lucha política de la Nación contra el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, busca dejar sin recursos a su banca pública para provocar así su ahogo financiero lo que ocasionaría un claro perjuicio de los genuinos intereses de los habitantes de la Ciudad.

Por otra parte, no se ha tenido en cuenta que el Banco de la Ciudad de Buenos Aires ha realizado en los últimos años innumerables inversiones y modificaciones para la facilitación y agilización de los trámites bancarios judiciales, con lo que el traspaso al Banco de la Nación Argentina, que hoy no cuenta con estas ventajas, significará nuevos inconvenientes y demoras para los justiciables y profesionales que litigan en los distintos fueros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El proyecto ignora el artículo 129 de la Constitución Nacional y la ley Cafiero, y de prosperar, ciertamente, se constituirá en una limitante adicional para el ejercicio de la abogacía en la jurisdicción federal lo que provocará un nuevo retroceso de la administración de la justicia y la legislación nacional, como ya ha acontecido en otros asuntos que se tramitan ante el fuero federal, tal el caso de la justicia previsional.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, advierte que el proyecto de ley referido debe rechazarse porque carece de una verdadera motivación que lo justifique, y, ante todo, por cuanto propicia subvertir el orden jurídico vigente con la injustificable pretensión de alimentar el desenfrenado gasto público nacional, sin pensar tampoco en quienes utilizan el servicio.

El Directorio
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