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Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  29/06/2012 - Declaración Pública

SOCIEDADES COMERCIALES - Restringen indebidamente el derecho de acceder a información pública

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires señala con preocupación que, luego del episodio de la desaparición del expediente que registraba los datos de la sociedad extranjera London Supply, vinculada a la sociedad Ciccone, la Inspección General de Justicia dispuso reservar el conocimiento de los legajos de las sociedades inscriptas en el Registro Público de Comercio sólo a los titulares y a los “interesados legítimos”.

El registro es una antiquísima institución del Derecho Comercial creado para todos los interesados, no únicamente para quienes justifiquen su interés. Uno de los propósitos institucionales es el de permitir la consulta de quien desee comerciar en la plaza o fuera de ella y posibilitarle así conocer información referida al tipo de sociedad, sus constituyentes, representantes y toda otra documentación útil de las mismas.

Legalmente los registros nacionales son de consulta pública por medios informáticos, sin necesidad de acreditar interés. Sostener que su información queda comprendida en las normas de la ley de datos personales, viola las disposiciones generales del Código de Comercio y de la legislación especifica sobre sociedades comerciales. Además deja sin protección al comercio al privarle el conocimiento de datos imprescindibles para su ejercicio.

La resolución dictada por el organismo a cargo del Inspector General, excede su competencia y jurisdicción. Más grave aún, ha resuelto en contra de la legislación vigente, con la indisimulada intención de desarticular un régimen informativo abierto y transparente para amparar el ocultamiento o el retaceo de información con una finalidad netamente política.

En consecuencia, se impone la urgente revocación de esta cuestionada resolución por parte de la propia IGJ.

El Directorio
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