21/08/2008 - Declaración PúblicaLa Coparticipación Federal y el injustificable incumplimiento del Mandato Constitucional El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires exhorta al Congreso de la Nación a considerar que el conflicto con el sector agropecuario desatado por la intención del Gobierno Central de imponer retenciones excesivas con el único fin real de acrecentar la caja y mantener el superávit fiscal en riesgo, demostró las distorsiones de nuestro sistema federal agravadas por el incumplimiento del mandato de la Constitución Nacional reformada en 1994 (artículo 75, inciso 2) en torno al dictado de una ley convenio de coparticipación federal de impuestos.
Han pasado doce años, se ha incumplido con creces la disposición transitoria sexta de la reforma que estableció como plazo máximo para su sanción el año 1996, y esta insoslayable herramienta destinada a afianzar el federalismo de concertación y la transparencia de las relaciones Nación-provincias no ha sido aprobada sin causa aparente que lo impida.
La reforma de 1994 incorporó criterios de reparto objetivos tanto para la distribución primaria (Nación-provincias) como secundaria (interprovincial), esenciales para un desarrollo armónico de las economías provinciales, y alejados de prácticas de reparto en pugna con la Constitución Nacional.
En este último sentido, y en particular referencia a la distribución primaria, cabe poner énfasis en las modificaciones de competencias ocurridas a partir de la reforma, en las asignaciones específicas de recursos coparticipables, y en la delicada cuestión de transferencias intergubernamentales, generalizada patología en el manejo de las finanzas públicas, que más allá de los fines públicos que las informan, tienen por efecto coactar, directa o indirectamente, la voluntad de los gobiernos provinciales para diversos fines políticos del gobierno nacional.
En la actualidad, los impuestos nacionales coparticipables siguen distribuyéndose de acuerdo con ciertos parámetros discrecionales, existen varias coparticipaciones menores y paralelas, y la distribución a las provincias se complementa con aportes del Tesoro Nacional distribuidos en forma discrecional, con los efectos ya aludidos.
Existe por tanto no solo una patología institucional y política, incompatible con el marco constitucional vigente, sino que además se favorece por estos mecanismos la expansión del gasto público en ciertas provincias, ya que no existe una debida correspondencia entre la decisión del gasto y el financiamiento de los diferentes niveles de gobierno. En este contexto, la ley de responsabilidad fiscal deviene inoperante y sus loables objetivos quedan truncados.
Es de destacar que la actual situación de vacío legislativo ha generado una inusitada voracidad fiscal de los municipios de provincias que afecta severamente el normal desarrollo de las actividades económicas en general. Sin límite de racionalidad alguno, los municipios se han lanzado desembozadamente a aplicar impuestos bajo la apariencia de tasas (por servicios inexistentes o servicios no conmensurables con la cuantía del tributo), y sin respetar además elementales principios de aplicación territorial.
Frente a la demostración de responsabilidad ciudadana que realizó el Congreso de la Nación en las históricas jornadas que culminaron el pasado 16 de julio en el Senado de la Nación, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, reiterando la exhortación realizada al Honorable Senado de la Nación el 27 de Abril de 2004, requiere al Senado de la Nación que vuelva a dar una muestra de afianzamiento del federalismo y, en forma inmediata, inicie el tratamiento de una ley de coparticipación para cumplir así con el mandato constitucional. A esos efectos ponemos a disposición del Senado de la Nación la tarea de los integrantes de las comisiones especializadas que integran nuestro Colegio.
Héctor Huici Secretario | Enrique del Carril Presidente | |