Martes, 20 de Marzo de 2007
Gestiones realizadas por nuestro Colegio
INFORME A LOS SEÑORES SOCIOS:
GESTIONES REALIZADAS POR NUESTRO COLEGIO CONTRA EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUIDO POR LA LEY DE LA CIUDAD 1.181
El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires se manifestó contrario
al régimen de la ley 1.181, desde que éste fuera considerado
por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como proyecto.
Invariablemente, desde aquella fecha hasta el presente, ha procurado que la
Legislatura y/o la Justicia porteña den curso a las medidas correspondientes
para dar solución al estado de incertidumbre jurídica que ha
generado la sanción de la ley que creó con carácter compulsivo
la caja previsional para los abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
Concordantemente
con las diferentes gestiones institucionales realizadas en oportunidad del
tratamiento legislativo del referido sistema previsional, se han venido llevando
a cabo las iniciativas que seguidamente se indican:
- El 30 de agosto de 2005
se inició ante el Juzgado Contencioso Administrativo
Nº 8, Secretaría Nº 15 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, una acción declarativa de certeza, solicitando se declare
la inconstitucionalidad de la reglamentación del art. 5º de la
ley 1.181 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma se encuentra
en trámite, habiéndose realizado la audiencia preliminar, a la
cual no concurrió CASSABA. Por su parte el representante del Colegio
solicitó se declare la cuestión de puro derecho.
- El 4 de julio
de 2006, se promovió una acción declarativa a
fin que se declare la inconstitucionalidad del sistema instituido por la ley
1.181 de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, solicitando se haga cesar con carácter erga omnes la vigencia
de dicha normativa que se reputa contraria a la Constitución Nacional
conforme a lo dispuesto por el art. 113, inc. de la Constitución de
la Ciudad. El mismo se inició ante el Tribunal Superior de Justicia
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Con fecha 22 de noviembre de
2006, en el expediente referido precedentemente se interpuso un Recurso Extraordinario
contra la decisión del Tribunal
Superior del 1º de noviembre del 2006, en cuanto decidió declarar
inadmisible la acción interpuesta por el CACBA.
- El 23 de agosto de
2006, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dirigió una nota a cada legislador expresando el apoyo a la iniciativa
legal de autoría del diputado Jorge Enríquez -de trámite
en ésa Legislatura bajo el Nº 200601067-, que impulsa la derogación
de la ley Nº 1.181 y sus normas reglamentarias y/o complementarias.
- El
24 de agosto de 2006, se remitió una nueva Carta Abierta a cada
legislador de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante la cual nuestro Colegio, en su carácter de organización
profesional libre y voluntaria que representa genuinamente a importantes y
calificados abogados de nuestro foro, peticiona la derogación de la
ley 1.181. Por la misma, además adhirió e hizo suya la declaración
del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal dirigida a los
legisladores pidiendo que se aprueben los proyectos de ley derogatorios de
la ley 1.181 que creó CASSABA.
- El 1º de diciembre de 2006, nuestro Colegio, presentó una nota
ante el Presidente de la Legislatura acompañando los originales de las
planillas que contienen ochocientas ochenta y tres (883) firmas de abogados
de la matricula federal solicitando la derogación de la ley 1.181. Copia
de dicha presentación se hizo llegar a cada Legislador, adjuntando las
firmas mencionadas en soporte magnético.
- El 12 de diciembre de 2006,
se agregó al petitorio indicado por el
párrafo anterior, nuevas adhesiones remitidas al Colegio por otros colegas
con posterioridad a la presentación referida. En esta oportunidad, también
se presentaron al Presidente de la Legislatura las planillas que, con el agregado
de setenta y un (71) firmas originales de los letrados de la matricula federal
que también solicitan la derogación de la ley 1.181, aumentan
el número originario a novecientas cincuenta y cuatro (954). Cada legislador
recibió asimismo copia de dicha presentación, acompañando
en soporte magnético las planillas conteniendo las firmas.
- El 14 de
diciembre de 2006, se presentó una nueva Carta Abierta a
los diputados de la Legislatura porteña solicitando den tratamiento
a los proyectos de derogación o reforma de la ley 1.181.
Por la misma se expresa que la persistencia de este estado de indefinición
por parte de la Legislatura deviene en perjuicio del ejercicio de la profesión
de abogado, en temas propios de la matrícula federal, que exceden el ámbito
municipal. Esta situación se extiende tanto a los abogados que ejercen
la profesión de modo independiente, como también a aquellos que
actúan en relación de dependencia. Por otra parte, se manifestó que
a su vez el ciudadano se ve afectado por el costo adicional que debe afrontar
cuando acude a los tribunales, lo cual constituye un severo perjuicio al elemental
derecho de accesibilidad a la Justicia. A ese respecto se enfatizó que
la creación legislativa del referido régimen previsional que,
desde su origen se sustentó en impropios intereses corporativos, debe
ser reparada ante la comunidad. Los abogados mayoritariamente hemos expresado
y reclamamos de modo reiterado la derogación de un sistema que nunca
debió haber sido sancionado.
- Por otra parte, durante este período se mantuvieron entrevistas con
diferentes legisladores a efectos de informar acerca de la posición
del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, contraria al inconstitucional
régimen de privilegio creado por la ley 1.181.
- Del mismo modo, representantes de este Colegio asistieron en varias oportunidades
a la convocatoria de reuniones de la Comisión de Legislación
General y del Trabajo, con el propósito de participar de la mismas y
ejercer nuestro derecho constitucional de peticionar. Lamentablemente, a excepción
de la asistencia de su Presidente, Dr. Jorge Enríquez, y, ocasionalmente,
de algún otro miembro de dicha Comisión, ésta nunca logró reunir
el quórum necesario para el tratamiento de dicho tema.
Guillermo Lipera Secretario | Enrique del Carril Presidente |
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